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El cura Raúl Sidders a juicio oral

Escrito por el 16 noviembre, 2021

Así lo determinó el juez Agustín Crispo, quién imputó a Sidders por el delito de “abuso sexual agravado” de una alumna de 11 años del colegio platense San Vicente de Paúl.

sidders

El juez Agustín Carlos Crispo, a cargo del Juzgado de Garantías Nº 6 de La Plata, rechazó el pedido de prescripción de la causa y sobreseimiento presentado por la defensa del sacerdote, Raúl Anatoly Sidders, acusado de “abuso sexual agravado” de una alumna de 11 años del colegio San Vicente de Paúl.

De esta forma, se confirmó que Sidders será juzgado por el delito de «abuso sexual gravemente ultrajante por su duración en el tiempo y circunstancias de su realización doblemente calificado por resultar un grave daño en la salud mental de la víctima y por ser el autor ministro de un culto religioso, en concurso real con corrupción de menores calificada por ser la víctima menor de trece años».

Sidders está detenido desde el 1 de diciembre de 2020, pero lo hace en forma domiciliara en casa de su hermana, ubicada en Zelaya. En su momento, Juan Pablo Gallego, abogado de la víctima, había apelado dicha medida, ya que el acusado «es una persona joven, tiene 59 años, se lo ve en perfecto estado».

Crispo hizo lugar a la solicitud realizada por el fiscal Álvaro Garganta quien señaló que con las pruebas reunidas en la investigación se pudo acreditar que aproximadamente entre el 2004 y el 2008, inclusive, el párroco que “se desempeñaba como capellán de la Unidad Educativa ‘Monseñor Lodigiani’ del Colegio San Vicente de Paúl abusó sexualmente de una menor de 11 años al inicio de los actos, a quien hacía colocar sus manos en los bolsillos de la sotana y sentir su pene erecto, situaciones que acaecían en el patio de la institución y durante los recreos”.

El fallo recoge los argumentos esgrimidos por los abogados de “Rocío”, quien denunció que los abusos se produjeron entre los años 2004 y 2007, cuando la víctima tenía entre 11 y 14 años, aunque un hecho de “abuso sexual agravado” ocurrió cuando la denunciante tenía ya 13 años.

En su resolución, el juez Agustín Crispo resolvió “no hacer lugar a la extinción de la acción penal por prescripción solicitada por la defensa. No hacer lugar al pedido de sobreseimiento instado en favor de Raúl Anatoly Sidders y elevar a juicio la presente I.P.P. seguida al nombrado por resultar autor probablemente autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante por su duración en el tiempo y circunstancias de su realización doblemente agravado por resultar en un grave daño en la salud mental de la víctima y por ser el autor ministro de algún culto; y corrupción de menores agravada por resultar la víctima menor de trece años, ambos en concurso real entre sí, en los términos de los artículos 119 párrafos segundo y cuarto incs. a) y b), 125 párrafo segundo y 55 del Código Penal (arts. 323 inc. 2°, 3° y 4° a contrario del CPP, 336, 337 y su remisión al 157, C.P.P.)”.


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