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«El etiquetado es un derecho del ciudadano que no se cumplía»

Escrito por el 29 octubre, 2021

El proyecto de etiquetado frontal que busca advertir a los consumidores sobre los excesos de azúcares, sodio y grasas, obtuvo la aprobación con 200 votos positivos, 22 negativos y 16 abstenciones. FM Raices Rock dialogó con Pablo Herrera, médico generalista del Centro de Salud Comunitario Tekó Porá.

etiquetado

Tras una larga sesión, la Cámara de Diputados dio su aprobación a el proyecto de Etiquetado Frontal, por lo que ahora la ley podrá advertir sobre los altos niveles de grasas, sodio y azúcares que se encuentran en diferentes productos y de los que, los consumidores podrán estar al tanto en cuento comience a implementarse la norma.

“Es un paso gigante, muy importante del gobierno nacional porque el etiquetado es un derecho del ciudadano que se cumplía a medias o no se cumplía”, dijo en diálogo con La Tarde de Las Pibas, Pablo Herrera, médico generalista del Centro de Salud Comunitario Tekó Porá.

A su vez agregó que habrás una segunda etapa de “concientización, educar y aprender entre todos  a interpretar los contenidos nutricionales y agregados”.

El Etiquetado Frontal que busca dar batalla a los índices de obesidad, hipertensión y riesgos cardíacos, fue aprobada gracias a los 200 votos a favor con los que contó, al mismo tiempo que obtuvo 22 negativos y 16 abstenciones. Para que pudiera ser ley, tuvo que pasar por un largo proceso que comenzó desde las 16hs y se extendió hasta las 23hs, durante ese lapso intervinieron más de 70 diputados, que formaron parte de las primera reunión presencial.

Por último, el médico Herrera sostuvo que la nueva medida “es un puntapié para seguir avanzando con la vida activa y alimentación saludable”.

LOS PUNTOS MAS IMPORTANTES DEL ETIQUETADO FRONTAL:

Prevé que los alimentos procesados incorporen un sello de advertencia con forma octogonal y color negro en los casos que tengan “exceso” de azúcares, grasas o sal, de acuerdo con parámetros establecidos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS). 

Del mismo modo que la ley de etiquetado que fue implementada en México, obliga también advertir con un sello la presencia de edulcorantes y de cafeína, con la leyenda “no recomendable en niños/as”.

El sello del etiquetado (que deberá tener forma de octógono en color negro con borde y letras en color blanco, en mayúsculas) no debe ser inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase. No puede estar cubierto parcial ni totalmente por ningún otro elemento. En caso de que el envase sea igual o menor a 10 centímetros cuadrados, la autoridad de aplicación debe determinar cómo se aplicará el sello de advertencia.

Se exceptúa de la colocación del sello en la cara principal al azúcar común, aceites vegetales, frutos secos y sal común de mesa.

Establece la obligación de declarar el contenido de azúcares de los productos, algo que hoy no existe.

Se prohíbe que los alimentos y bebidas sin alcohol envasadas tengan información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio de sociedades científicas o asociaciones civiles (por ejemplo, el logo de la clínica Cormillot, la Fundación Favaloro o la Sociedad Argentina de Nutrición).

Prohíbe también la inclusión de personajes infantiles, animaciones, promociones y regalos en los productos que tengan al menos un sellos de advertencia.

La norma prohíbe toda forma de publicidad y promoción destinada a niños, niñas y adolescentes de productos con sellos. Tampoco se pueden entregar a menores “muestras gratis” de productos con octógonos.

Determina que no se pueden ofrecer en entornos educativos de nivel inicial, primario y secundario alimentos y bebidas con sellos.

El Estado debe priorizar en sus licitaciones, ante igual conveniencia, la compra de alimentos y bebidas analcohólicas que no cuenten con sellos de advertencia.

Para la implementación establece un plazo máximo de 6 meses, con posibilidad de extenderse a 12 meses para pymes y firmas de la economía popular. En ambos casos, se establece una posibilidad de prórroga para casos justificados.


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