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Garro busca sancionar el Código Contravencional

Escrito por el 12 octubre, 2021

El proyecto enviado por Garro incluye fuertes multas para los trabajadores que se desempeñan en la calle. Además, busca limitar los cortes de calles en donde puede llevarse a cabo una protesta, lo cual afecta al derecho de manifestarse libremente.

Garro

El ahora Código de Convivencia (antes proyecto de reforma de Código Contravencional) impulsado por el intendente Julio Garro, fue tratado el último jueves por la comisión de Seguridad Pública y Derechos Humanos del Concejo Deliberante. La medida contó con el visto bueno del bloque oficialista, que tiene como presidenta a Romina Cayón, y en consecuencia pasó a la comisión de Legislación, donde esperan un rápido tratamiento a fin de ser votado en el recinto en la sesión del 3 de noviembre.

Por otro lado, cabe resaltar que la iniciativa fue presentada hace tres años por el mismismo Julio Garro y no tuvo el mejor recibimiento por parte de los sectores afectados, que contaron con el apoyo de organismos de derechos humanos, gremios, trabajadores ambulantes, etc.

Los motivos para cuestionar la medida estuvieron asociadas a las multas que se establecían para las manifestaciones, lo cual atenta contra el derecho al reclamo. La venta ambulante también se vio afectada, y se prohibió la tracción a sangre, vinculada a los cartoneros y recicladores. En continuidad con las sanciones, la oferta de servicios sexuales también estaba castigada.

Sin embargo, y pese al rechazo al código de Garro, el texto definitivo continúa manteniendo gran parte de los artículos que fueron protagonistas de la polémica. Uno de ellos es el 115° y el 119°, los cuales penalizan a las personas que limpian y lavamos autos en la vía pública, con una multa que puede llegar a los $27.300.

El 150° establece que los responsables de integrar una manifestación callejera que “obstaculice totalmente los carriles de circulación así como aquellos destinados al transporte público”, serán multados con una suma que oscila los $91.000

En lo que se refiere al “ofrecimiento de servicios sexuales”, la sanción se dará cuando el mismo fuera ofrecido “en los espacios públicos no autorizados”. La multa alcanzará los $81.900 y será la Municipalidad quien establezca los puntos donde pueden realizarse los trabajos.

El artículo 219° castiga la venta ambulante de la cual se sostienen muchas familias, y la multa puede llegar a $136.500 sin mencionar el decomiso de la mercadería. Además, en el 229° se establecen sanciones para la “tracción a sangre”, algo que utilizan los cartoneros y recicladores para poder llevar a cabo sus tareas, la multa para esto será de hasta $136.500.

Por otra parte, Garro penalizará la colocación de pancartas, pasacalles y panfletos publicitarios masivos, algo que sorprende puesto que, todos los partidos políticos recurren a este tipo de mecanismos, sobre todo en época de elecciones.

Asimismo, el proyecto trata ciertos aspectos que no estaban contemplados en el actual Código de faltas, como lo es la sanción al maltrato animal, al acoso callejero, o a los daños que se ocasionen durante festejos del “UPD» (Último Primer Día).

La idea de Julio Garro es tener la aprobación del proyecto para principios de noviembre, es decir, a días de las elecciones legislativas. De todas formas, tal como sucedió hace tres años, se esperan grandes movilizaciones para rechazar la iniciativa.


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