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Alternativas legales para la protección del trabajo en la vía pública

Escrito por el 13 octubre, 2015

Marcelo Amodio, especialista
en asuntos laborales habló de las garantías jurídicas que tienen los
trabajadores de la vía pública. «Todos los obreros tienen la protección de la ley» afirmó.



Amodio, al ser consultado sobre las posibilidad legales que tienen
estos obreros, explicó que en cuestión de trabajo ambulante las
reglamentaciones locales son las que regulan la actividad y que al ser un
trabajo autogestionado, en general se entiende que el obrero no tiene un
empleador, por lo que queda fuera del contrato de trabajo.

El espacialista dijo que en la ciudad de Buenos Aires existe una política
para impedir que estos trabajadores trabajen de forma legal pero que existen
al menos dos fallos de la justicia ordinaria de la ciudad de Buenos Aires que
aplican el articulo 14 bis que dice que «el trabajo en sus diversas
formas gozará de la protección de las leyes».  Amodio, señaló que esta es la vía idónea para que los trabajadores reclamen judicialmente cuando se ven inculcados sus derechos, por decomisos o persecuciones. “Debe dejarse en claro que el trabajo ambulante en la vía pública es un
tipo de trabajo y cuando este tipo de labor se vea afectada los trabajadores
puede solicitarse su protección por vía de amparo” explicó.

Para Marcelo Amodio sería posible la aplicación de la Ley de
Contrato de Trabajo cuando el trabajador ambulante logre probar que vende de
manera sistematizada un producto de una sola marca. De esta forma puede existir
solidaridad de la empresa por existencia de tercerización. Si bien explicó que
aún no existen sentencias sobre casos de esta naturaleza, puesto que no se
cuenta con un desarrollo político que acompañe lo jurídico, si es concreto que
cuando el obrero trabaja con productos de una sola empresa, la compañía y los
distribuidores se evitan el costo laboral y siguen ganando a través del trabajo
del obrero. “Debemos aclarar que
hay una gran diferencia entre un comerciante y un trabajador de la via publica
y que este cuando apenas subsiste vendiendo uno o varios productos de una sola
empresa, no caben dudas que esta generando un beneficio directo a la misma y
por lo tanto la situación caería dentro de los limites del derecho obrero” concluyó.


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